http://dicc.hegoa.efaber.net
Ciudadanía universalMaría Teresa Gil BazoCondición que permite identificar a todos los seres humanos como miembros de una misma comunidad política. Los atributos de la ciudadanía vienen generalmente determinados por el vínculo existente entre los individuos y un Estado determinado. Sin embargo, los derechos humanos pueden entenderse como una forma universalizada de ciudadanía, que trasciende los límites de la pertenencia al Estado tanto en sentido nominal como territorial. Los derechos humanos deben incluir así un derecho básico a la ciudadanía, que actualmente se formula sólo negativamente como el derecho a no ser privado de la nacionalidad. Este derecho podría reformularse como un derecho positivo, como el derecho de acceso a la “ciudadanía sustancial”, es decir, el derecho a la no discriminación de los miembros de la sociedad que residen en ella de manera permanente, no sólo con respecto a sus derechos humanos universales, sino también con respecto a derechos de ciudadanía más específicos en la sociedad en la que residen. La existencia de los derechos inherentes a la ciudadanía implica siempre una llamada dirigida a las autoridades políticas que pueden hacer efectivos dichos derechos. Para los derechos universales, estas instituciones no pueden ser sólo las de los Estados soberanos individualmente considerados. La efectividad de los derechos humanos necesita claramente instrumentos más sólidos de Derecho internacional y un poder judicial internacional que garantice la jurisdiccionabilidad de tales derechos. En la estructura política global, tales instituciones se encuentran actualmente situadas a nivel de la comunidad internacional de Estados. Los individuos, por su parte, gozan de un reconocimiento cada vez mayor de su condición de sujetos de Derecho internacional, precisamente en la medida en que pueden exigir internacionalmente el reconocimiento de los derechos que los Estados se han obligado a respetar. Es el lugar que ocupa el individuo en el orden jurídico internacional el que permite afirmar el desarrollo de una ciudadanía universal definida por el disfrute de los derechos fundamentales básicos. M. T. G. Bibliografía
Ver Otros
Bloques temáticos |